Desde enero de 2027 tu jornada máxima baja a 46 horas y no te pueden bajar el sueldo
Desde el 1 de enero de 2027 la jornada máxima semanal baja de 48 a 46 horas y la reforma a la LFT prohíbe bajar el sueldo o las prestaciones por trabajar menos.
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Cifras y fechas clave
- Jornada máxima semanal desde el 1 de enero de 2027 (hoy 48 h)
- 46 h
- Jornada máxima semanal en 2030, último escalón de la reducción
- 40 h
- Tope de horas extra por semana en 2027, igual que en 2026
- 9 h
- Entra en vigor la jornada máxima de 46 horas semanales
- 1 ene 2027
La reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 1 de mayo de 2026, baja la jornada ordinaria máxima de 48 a 46 horas por semana a partir del 1 de enero de 2027, primer escalón de una reducción que llega a 40 horas en 2030. La misma reforma prohíbe que la reducción se traduzca en un sueldo o unas prestaciones más bajas.
¿Cuánto va a bajar tu jornada y desde cuándo?
Tu jornada ordinaria máxima baja un escalón cada 1 de enero: 48 horas por semana en 2026, 46 en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 en 2030, según el Transitorio Segundo del decreto publicado el 1 de mayo de 2026. El texto llega a este destino final:
«Artículo 59.- La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales.»
Esa es la meta de 2030, no la de hoy: en 2026 el máximo sigue siendo 48 horas, y si ya trabajas menos de 46 horas por semana, el escalón de 2027 no te resta nada.
¿Te pueden bajar el sueldo por trabajar menos horas?
No. El mismo decreto, en su Transitorio Séptimo, establece que la reducción de la jornada no puede implicar disminución de sueldos, salarios ni prestaciones. El tope de horas extra que te pueden pedir por semana sube en el mismo calendario: 9 horas en 2026 y en 2027, 10 en 2028, 11 en 2029 y 12 en 2030 (Transitorio Cuarto).
¿Cómo va a quedar registrada tu entrada y tu salida?
El decreto agrega la fracción XXXIV al artículo 132 de la LFT y obliga al patrón a registrar de manera electrónica tu jornada, con el horario de inicio y de fin, y a entregar ese registro a la autoridad si lo pide. Las reglas de la Secretaría del Trabajo sobre a quién aplica y con qué excepciones entran en vigor el 1 de enero de 2027, según el Transitorio Quinto del decreto.
¿Qué hacer si no te respetan la jornada o el sueldo?
Si tu patrón no respeta el tope de jornada, el límite de horas extra o tu sueldo, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
¿Qué cifras y fechas hay que apuntar?
- 46 horas por semana: jornada ordinaria máxima desde el 1 de enero de 2027 (hoy 48 horas), Transitorio Segundo del decreto, DOF 1 de mayo de 2026.
- 40 horas por semana: jornada ordinaria máxima en 2030, último escalón de la reducción, mismo Transitorio Segundo.
- 9 horas por semana: tope de horas extra en 2026 y en 2027, Transitorio Cuarto del decreto.
- Sin bajar sueldo ni prestaciones: la reducción de jornada no puede implicar disminución de salario ni prestaciones, Transitorio Séptimo.
- Registro electrónico de entrada y salida: obligación del patrón en el artículo 132, fracción XXXIV; las reglas de la STPS sobre su alcance y excepciones entran en vigor el 1 de enero de 2027 (Transitorio Quinto).
Fuente
Decreto de reforma a la LFT en materia de reducción de la jornada laboral (DOF, 1 de mayo de 2026)Consultada
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